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Domingo, 06 de marzo de 2005

Diario de Sevilla: Otra sentencia absolutoria conta el canon de difusión pública

Según informa el diario de Sevilla, la Audiencia de la ciudad está sentando jurisprudencia al absolver al dueño de un establecimiento sentenciado en primera instancia con más de 3200€ de multa en concepto de canon de difusión pública a la SGAE.
Un juez exime a otro bar de pagar a la SGAE por falta de pruebas

No es la primera sentencia de este tipo que al subir de los tribunales de primera instancia a otros de índole superior se ve fundamentalmente alterada, sino
declarada nula.

Esto demuestra una cosa: La fragilidad de las bases y el procedimiento para imponer el canon de difusión pública y la evidente parcialidad con la que actúan
los jueces al admitir a trámite demandas sin las necesarias garantías. Leyendo el artículo podemos asombrarnos de cosas como esta:


[El juez de Primera Instancia] ...había rebajado la cantidad que debía pagarse porque no se probó que las dimensiones del establecimiento fuesen los 130 metros que alegaba la sociedad y no los 98 reconocidos por el establecimiento. El juez cuestionó entonces la "evidente posibilidad de error del inspector de la Sociedad General de Autores, que mide a ojo".

Impresionante. Y no me resisto a citar literalmente el último párrafo:


La sentencia [absolutoria de la Audiencia de Sevilla] recuerda que este empleado de la SGAE aseguró en el juicio que conocía que en el pub se reproducía música "desde que tenía uso de razón", cuando en realidad el local estaba abierto desde finales de 2001, y añade que tampoco supo contestar "cómo había establecido los 130 metros cuadrados del local". En estas circunstancias, la Audiencia estima que el pub "no está obligado al pago de ninguna cantidad a la entidad demandante, al no haber acreditado los hechos en que fundamenta su pretensión procesal en la demanda" la SGAE.

¿Qué podemos sacar en claro de esto? Pues que parece ser que a partir de ahora se irá imponiendo la razón y la lógica de la legalidad vigente, anteponiendo la presunción de inocencia de demandado y obligando a que sea el demandante el que tenga que aportar pruebas fehacientes de la infracción.
Esto nos puede llevar a que la SGAE (y las otras entidades de gestión minoritarias) tenga que adoptar otros métodos para conseguir pruebas; por ejemplo fotografía o grabaciones. Y eso tendría que hacerse bajo mandato judicial y añadirá bastantes dificultades al proceso.

Cada vez estoy más convencido de que la vía puramente legal en cuanto a la lucha contra la aplicación indebida de cánones por parte de la industria musical y las empresas privadas de gestión a la ciudadanía puede ser la mejor vía, dado que las mismas bases en las que se asientan estos cánones son sumamente precarias, si se me permite citar al Che Guevara [1] : Un muro sí, pero carcomido. Un golpe y se derrumbará.

Podría ahora ocurrir que si consiguen un método viable y se ponen desagradables, muchos establecimientos opten por el hilo musical (que tiene la PI cubierta), actuaciones en directo o directamente por usar música libre [2], música que puede descargarse de internet y suele pertenecer a grupos independientes, o ambas cosas. O incluso optar por el uso de podcasting o la adquisición de música en el extranjero vía internet.

Otra cosa que podría (y debería) ocurrir es que en los casos en los que se paga canon de DP por tener televisión se pudiera recurrir por considerar que por una parte los derechos ya los cubren las cadenas y por otro que no estaría probado que todo el contenido de las emisiones estuviera sujeto a la PI de la SGAE, como por ejemplo los locales de extranjeros que tengan TV sintonizando por ejemplo Al-Jazhira o la RTL (casos bastante frecuentes aquí en la costa mediterránea).

Me pregunto qué pasaría con la SGAE si sus ingresos se ven mermados debido al corte del flujo de ingresos irregulares en concepto de cánones por copia privada sobre soportes sin contenido sujeto a PI o canon de comunicación pública sin las debidas pruebas de esta comunicación. La SGAE es un residuo decimonónico sin utilidad para nadie en pleno siglo, salvo para sus mandamases. Puede que ahora que el negocio vía red está asegurado las discográficas se desentiendan de ese vestigio de sindicalismo amarillo que no sirve ni para jugar a RIAA y no hace más que duplicar las funciones de otros organismos como la AFYVE.

[1] No, no es alguien que me caiga demasiado bien. Pero la cita me viene a huevo.
[2] Hay suficiente, y techno, electrónica y todo eso hay a mansalva, sobre todo USiana y de grupos nuevos.

Por: Enric Martínez | General | Comentarios (0) | Referencias (0)

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